Cuando pides una hipoteca hay una serie de gastos intrínsecos a esta. Algunos de estos gastos son la notaría, el registro, la gestoría o la tasación.
Hasta el 2015 estos gastos eran exclusivamente para el comprador de la vivienda, pero esto ha cambiado.
Cliente vs. Banco
Los gastos de hipoteca vivienda se refieren a todos aquellos gastos generados por pedir un prestamo hipotecario. Estos gastos son la notaría, el registro de propiedad, la gestoría, la tasación del inmueble y los actos jurídicos documentados.
Si te has hecho cargo de estos gastos al completo, desde el 2015 puedes reclamárselos a tu banco y esta estará obligado a abonártelos, ya que el Tribunal Supremo declaro que no era legal que sólo el comprador se hiciera cargo de los mismos.
La nueva Ley Hipotecaria que entró en vigor el 16 de junio de 2019, determina que los gastos hipotecarios son los siguientes:
- Gastos de notaría: El cliente paga el 50%, el banco paga el 50%
- Gastos de gestoría y registro: El banco paga el 100%
- Gastos de tasación: El cliente paga el 100%.
- Gastos del impuesto de actos jurídicos: El banco paga el 100% de aquellas hipotecas firmadas antes del 2018. El cliente paga el 100% de las hipotecas firmadas después de 2018.
Reclamar gastos hipotecarios
Toda aquella persona que haya firmado un contrato con garantía hipotecaria y en la cual los gastos arriba descritos hayan repercutido en el consumidor, pueden reclamar que se le devuelvan los mismos, independientemente de la fecha de firma de su contrato.
Así mismo, en caso de que hayas pagado estos gastos sobre una vivienda la cual ya no tiene hipoteca, porque ha sido pagada, se pueden reclamar los gastos hipotecarios.
Antes de la nueva Ley Hipotecaria
Antes de la nueva Ley Hipotecaria, por norma general, las entidades bancarias imponían al cliente todos los gastos de notaría, gestoría, registro, tasación, etc.
Hasta el 2015 el Tribunal Supremo no empezó a condenar a las entidades bancarias por estas condiciones abusivas, obligándoles a devolver todos los gastos a los que debieron hacer frente.
Por último, teniendo en cuenta la jurisprudencia más actual, para las hipotecas autorizadas con anterioridad Real Decreto, es decir, antes del 16 de junio de 2019, los gastos pueden declararse según lo siguiente:
Gastos de Notaría: Al 50% entre el cliente y la entidad financiera.
Gastos de notaría y registro: El banco paga el 100%
Gastos de tasación: El banco se hace cargo del 100% de los gastos.
Fecha límite para reclamar los gastos hipotecarios
Realmente a día de hoy no hay una fecha límite estipulada.
El Tribunal Supremo cree que el plazo de prescripción de estos gastos debería ser de 5 años, tal y como recoge el Código Civil. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aún no se ha pronunciado al respecto.
Reclamar los gastos hipotecarios puede ser un proceso tedioso, donde los bancos no te van a ayudar.
Si necesitas consultar cualquier duda sobre tu antigua o nueva hipoteca, puedes contactar con nosotros sin compromiso.